DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la ley, conforme a lo previsto en los artículos 471.1, 473 y 474 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia 438 ejusdem, y con el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, hace los siguientes pronunciamientos:
1.- Declara CON LUGAR el Recurso de Revisión de Sentencia interpuesto por la
abogada Dorys Uzcategui de Villamizar a favor del penado JOSE GREGORIO
SALCEDO, contra la sentencia emitida en fecha contra 02-05-2005, por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, que lo condenó a cumplir la pena de CATORCE (14) AÑOS DE PRISIÓN por la comisión del delito de Transporte IIícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
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