DECISIÓN:
Con base en las consideraciones precedentes, este Tribunal de Ejecución N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los Artículos 479, 482, 484 y 493 del Código Orgánico Procesal Penal, EJECUTA la pena impuesta al penado de autos, ciudadano: ELIGIO JESUS RUIZ RUIZ, venezolano, mayor de edad, de 22 años, titular de la cédula de identidad No. V-20.197. 171, domiciliado en la avenida Gonzalo Picón, pasaje 1, casa 4-15, Estado Mérida,, quien terminará de cumplir la misma el día Quince (15) de Junio del Año 2013.
Notifíquese al Ministerio Público y a la defensa. Trasládese al penado de autos, para que comparezca por ante este Tribunal el día y hora señalado por secretaria a los fines de imponerlo de la obligación de presentar la respectiva Oferta de Trabajo, y de someterse a un Examen Psico-social por ante la Unidad Té.....