"...este Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, actuando en su competencia Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO solicitada, en consecuencia, se ordena al ciudadano Registrador Civil de la Parroquia El Llano , Municipio Libertador del Estado Mérida, y al Registrador Principal del Estado Mérida, la corrección de la partida de nacimiento de la ciudadana Francy Elena Bolaño Escalona , ya identificada, inserta por ante la mencionada dirección de Registro Civil, bajo el Nº 1594, folio 325 al vuelto , del año 1959, donde se identifica en dicha partida el nombre de la madre de la solicitante como " ANTONIA", debe decir "MARIA " , por ser lo correcto. Y así se decide..."