Decisión
Por lo antes expuesto, este Tribunal de Ejecución N° 01 del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Con lugar la conmutación del resto de la pena que le falta por cumplir al penado GONZALEZ GODOY MANUEL ENRIQUE, en confinamiento, por un tiempo igual al que resta de la pena, con aumento de una tercera parte; es decir, un (1) año, tres (3) días; mas cuatro (4) meses, un (1) día, lo cual totaliza: un (01) año, cuatro (04) meses, cuatro (04) días, por lo que terminará de cumplir el confinamiento el día 06 de marzo de 2.012, a las 6:00 p.m.
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 20 del Código Penal, el penado queda confinado y obligado a presentarse ante la Prefectura Civil de Poder Popular, del Municipio San Francisco del Estado Zulia, con la frecuencia que el Prefecto le indique, no podrá ser más de una vez cada día, ni men.....