"...este Tribunal Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud formulada de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil Vigente y consecuencialmente declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos RICARDO JOSÉ MENDOZA GRATEROL Y YOHAMA DEL CARMEN PÉREZ ya identificados anteriormente, según matrimonio celebrado por ante el Registro Civil de la Parroquia Antonio Spinelli Dini del Municipio Libertador del Estado Mérida, en fecha 19 de octubre del año 2006, según acta Nº 0043..."