PRIMERO: se REVOCA la medida autosatisfactiva provisional a la producción sobre la unidad de producción: "El Cortijillo", que forma parte de un lote de mayor extensión denominado "La Magdalena". Dicho fundo "El Cortijillo" se ubica en el sector Caño Avispero, jurisdicción de la parroquia Eloy Paredes, municipio Obispo Ramos de Lora del estado Bolivariano de Mérida; por existir la modificación del "fumus boni iuris". Notifíquese de la presente decisión. Es todo.-