Por las razones anteriormente expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y ANTONIO PINTO SALINAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, CON SEDE EN SANTA CRUZ DE MORA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil Venezolano, la Solicitud de Divorcio formulada y en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos EVELIN DEL CARMEN GUTIERREZ MOLINA Y JOSÉ OMAR GUTIERREZ MÉNDEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las Cédulas de identidad Nros. V- 15.694.423, y V- 15.074.189, respectivamente, domiciliados la primera en el Sector Libertador, Barrio Puerto Rico, casa Nº 01, Santa Cruz de Mora Municipio Antonio Pinto Salinas del estado Bolivariano de Mérida, y el segundo en Aldea La Macana media, Ramal Los Gutiérrez, c.....