DISPOSITIVA
En virtud de los fundamentos precedentemente expuestos, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara Inadmisible In limini litis la Solicitud de Inspección Extra Judicial presentada por el ciudadano CARLOS ALBERTO PEREZ HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 9.913.428, domiciliado en el Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida, asistido por el abogado GIOVANNI JOSE RODRIGUEZ ROSAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V.-4.515.933, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 242.085. Y ASÍ SE DECIDE. -Regístrese, Publíquese, Cópiese. DADO, FIRMADO, SELLADO Y REFRENDADO EN LA SALA DE ESTE DESPACHO DEL TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS .....