DISPOSITIVA
Vista la admisión de los hechos realizada por los acusados en la audiencia preliminar, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 583 de la Ley Orgánica para la protección del Niño y del Adolescente, pasa a dictar la parte dispositiva de la sentencia condenatoria, en los términos siguientes: EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ADMINISTRANDO JUSTICIA, DECIDE: CONDENAR a los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA; como coautores del DELITO DE LESIONES PERSONALES INTENCIONALES MENOS GRAVES, previsto en el artículo 415 del Código Penal, en perjuicio de: RIVAS ROJAS GERONIMO y en consecuencia se imponen las medidas previstas en los literales “b y “c” del artículo 620 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; consistentes en imposición de reglas de conducta y servicios comunitarios.----------
A tal efecto se le impone a los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA, la obligació.....