En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. Sede El Vigía, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR, la demanda de Privación de PATRIA POTESTAD, incoada por la ciudadana MORA ESCALANTE KENNY MERLYN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V- 13.676.527, asistida en este acto por su apoderada la abogada en ejercicio MAGALY PULIDO GUILLÉN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-4.702.348, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 25.409, en contra del Ciudadano, PAUL DANIEL CABEZA VALERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.013.312,, respecto de la adolescente OMITIR NOMBRE de conformidad con lo establecido en el Artículo 352 literales "c" e "i" de la Ley Orgánica para la Protección .....