D E C I S I O N
En fuerza de las consideraciones que anteceden y en consecuencia llenos como están los extremos exigidos por el Artículo 185 del Código Civil, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad la Ley y la Constitución, declara:
PRIMERO: Convertida en Divorcio la Separación de Cuerpos de los cónyuges ciudadanos: BENITO BRICEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-8.045.009 y la ciudadana MARIA TERREVOLI PERALTA venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.390.394, y disuelto el vínculo conyugal existente entre ambos, con arreglo a matrimonio civil celebrado por ante la Prefectura Civil de la Parroquia Milla, del Municipio del Libertador del Estado Bolivariano de Mérida, en fecha 19 de Mayo de 1983, según acta N° 53. Y ASI SE DEC.....