PARTE DISPOSITIVA
En orden a las consideraciones que anteceden, este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO signada con el número 160, inserta en los Libros de Nacimientos correspondientes a la Oficina Principal del Registro Público del Estado Mérida, durante el año 1.943, correspondiente al ciudadano LUIS ALBERTO PAREDES QUINTERO, en el entendido de que tanto en el Libro de Partida de Nacimientos llevado por el Registro Civil de la Parroquia El Llano Municipio Libertador del Estado Mérida, como en su duplicado que reposa en el Registro Principal del Estado Mérida, aparezca en lo sucesivo en dicha acta: en lo que a la fecha de nacimiento se refiere el día 29 de marzo de 1.943, igualmente aparezca el nombre completo y verdadero de su progenitora en la forma siguiente: ¿OLIVA DEL CARMEN QUINTERO¿, y no ¿MARIA OLIVA QUINTERO¿. Queda así.....