JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- Ejido, dos (02) de Diciembre del año dos mil cuatro (2.004).-
195° y 144°
Visto el desistimiento suscrito por la parte Demandante ABG. MARIA CELINA ARRIA, plenamente identificada en autos y que corre inserto al folio veintiocho (28), perteneciente al Expediente signado bajo el Nº 2.310, este Juzgado de los Municipios Campo Elías y Aricagua de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, de conformidad con el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, acuerda la HOMOLOGACION del mismo, dándole el carácter de Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, se da por terminado el presente juicio y se ordena el Archivo definitivo del presente expediente. En consecuencia se ordena levantar la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar y se ordena.....