El ciudadano JEAN CARLOS TORO, (ya identificado) fue aprehendido ¿en flagrante comisión delictiva- el día 21-08-2004 permaneciendo bajo detención judicial hasta el 13-10-2006, cuando se le otorga el destacamento de trabajo, es decir, por el lapso de dos (02) años, un (01) mes y veintidós (22) días de prisión. Luego fue aprehendido por segunda vez en fecha 30-09-2010, permaneciendo detenido hasta el 11-10-2010, por once (11) días.
A ello se suma el tiempo que ha cumplido con el destacamento de trabajo de: un (01) año, un (01) mes y veinte (20) días , para un total de pena cumplida igual a tres (03) años, tres (03) meses y veintitrés (23) días de prisión; tiempo que al ser descontado de la pena impuesta ( ocho (08) años de prisión), conforme al artículo 484 del Código Orgánico Procesal Penal, arroja una pena por cumplir igual a cuatro (04) años, ocho (08) meses y siete (07) días pena que se cumple en forma definitiva el día 09 de agosto de 2016 a las 12:00 de la noche. Y así s.....