En consecuencia, este Tribunal Penal de Primera Estadal en Funciones de Control N° 03, del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE: Declarar Con Lugar la Solicitud del Defensor Públicoabogada DayannyGranderson, actuando en su carácter de Defensor de los Imputados: CRISTIHAN KENDRIU GEANCARLOS RONDON SANCHEZ, venezolano, cedula de identidad N° V- 27.606.577, y JESUS MARTIN ALBORNOZ NAZARIEGO, venezolano, cedula de identidad N° V- 30.561.203, plenamente identificados supra y en consecuencia se DECRETA EL ARCHIVO JUDICIAL DE LAS ACTUACIONES que conforman la Causa LP11P2022000692, seguida en contra de los antes mencionados Imputados, por el delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453 numerales 3 y 4, y LESIONES LEVES previsto y sancionado articulo 413 en el Código Penal, en perjuicio del ciudadano Daniel Arturo Llerena .....