PRIMERO: Se HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes el acuerdo de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR FUERA DEL PAÍS, suscrito y presentado por los ciudadanos JULIETT VALENTINA RAMIREZ FUENMAYOR y HENDER ENRIQUE BASTIDAS VARGAS, venezolanos mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-27.919.032 pasaporte N° 142951178 y V-26.589.677, pasaporte N° 195378229, domiciliados el primero en Estados Unidos de Norte América y la segunda en el estado Bolivariano de Mérida, y civilmente hábiles, a favor de la niña JULIETA MARTINA BASTIDAS RAMIREZ, de nueve (09) años de edad. F.N: 29/01/2016, pasaporte venezolano Nº 174115777, titular de la cedula de identidad N° 36.906.833, visa N° 142370676 y control N° 20171512260003; pasándolo en autoridad de cosa juzgada.