Visto que hasta la presente fecha no han comparecido por ante este Tribunal a consignar lo solicitado, habiendo transcurrido íntegramente el lapso concedido por este Tribunal para que la parte interesada consignara lo solicitado en el auto inserto al folio 10 del expediente y en virtud de ser uno de los requisitos fundamentales para la tramitación de la Solicitud de Titulo supletorio; es forzoso para esta juzgadora declarar INADMISIBLE la presente solicitud.- Y Así Se Decide.