este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA Y OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la demanda que por resolución de contrato y pago de cánones de arrendamiento intentaron los ciudadanos OSCAR PORTILLA MONSALVE Y SANDRA SHIRLEY CARRILLO VARGAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-23.205.907 y V.23.206.369, respectivamente, domiciliados en la ciudad de El Vigía, Municipio Alberto Adriáni del Estado Mérida, civilmente hábil, asistidos por los abogados SANDY JOSUE GARCIA VERA Y JOSE RAMON CALDERON, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nros V-13.577.547 y V-9.197.447, respectivamente, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros 82.414 .....