El Tribunal dictó sentencia interlocutoria declarando Primero: Acepta la declinatoria de competencia para conocer y decidir el presente juicio, efectuado por el Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecución de Medidas de los Municipios Rivas Dávila y Padre Noguera de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, en virtud de la decisión dictada por dicho Tribunal en fecha 25 de noviembre de 2021 (folios 168 al 172) y, en conse¬cuencia, se avoca al conocimiento de este proceso.
Segundo: Ofíciese lo conducente al Tribunal declinante.
Tercero: Se advierte a la parte que, en el tercer día de despa¬cho siguiente a aquel en que quede firme esta deci¬sión, la presente cau¬sa continuará su curso en el estado en que se encuentra, y que en esa misma oportunidad este Tribunal emitirá pronunciamiento expreso sobre la admisibilidad o no de dicha solicitud.
Cuarto: Notifíquese a la parte solicitante o a sus apoderados judiciales de la presente decisión, haciéndosele .....