"...este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A, incoada por el ciudadano CARLOS ALBERTO AVENDAÑO RAMIREZ, asistido por el abogado SERGIO GUERRERO VILLASMIL, contra la ciudadana JANIS RUTHMARY ARELLANO MOLERO, de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil; y en aplicación al nuevo criterio vinculante de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, sentencia n° 446, del 15/05/2014. Una vez quede definitivamente firme el presente fallo, este Tribunal declarará terminado el procedimiento y ordenará el archivo del expediente. Así se decide..."