este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Constitución y la Ley, declara:
PRIMERO: INCOMPETENTE POR LA MATERIA para seguir conociendo el juicio que por PARTICIÓN DE BIENES DE LACOMUNIDAD CONCUBINARIA, incoara la ciudadana NELLY VIRGINIA HERNÁNDEZ DUGARTE, a través de su apoderada judicial Abogada QUIN-MAR JEANNETTE MANRIQUE MOLINA, contra el ciudadano LUIS ALFREDO JERÉZ DORTA, de conformidad con el artículo 60 del Código de Procedimiento Civil, el articulo 197.1 y 10 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, en concordancia con jurisprudencia de la Sala Especial Agraria de la Sala Social del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia N° 0678 de fecha 29 de marzo de 2007 dictada en el expediente N° AA60-S-2006-0002146, con ponencia del Magistrado Omar Alfredo Mora Díaz. ASÍ SE DECIDE.
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