En virtud de las consideraciones expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, niega la admisión del recurso de casación que contra la sentencia definitiva dictada por este Tribunal en fecha 23 de enero de 2017, fuera anunciado por el abogado PABLO IZARRA GONZÁLEZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, ciudadanos GUSTAVO DE JESÚS GIL RAMÍREZ y BOLIVIA GIOCONDA ÁLVAREZ QUINTERO. Así se decide.
Finalmente, este Tribunal deja constancia que el dos (02) de marzo de 2017, venció el lapso de diez días de despacho previsto legalmente para el anuncio del recurso de casación y que hoy, tres (03) de marzo del corriente año, es el primer día de despacho siguiente al vencimiento de dicho lapso.