DISPOSITIVA.
Por todas las razones anteriormente expuestas este Tribunal de Control No. 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Se le impone al investigado: LUIS ALBERTO MENDEZ MENDEZ, titular de la cédula de identidad N° V-14.623.543, una Medida Cautelar Sustitutiva, consistente en la presentación periódica una vez cada quince (15) días por ante la sede de la Fiscalía Octava del Ministerio Público, y la obligación de presentarse ante el Tribunal de la Causa, cada vez que sea citado para ello, de conformidad con el artículo 256 numerales 3° y 9° del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese boleta de libertad y oficio a la Fiscalía Octava a los fines de informarle sobre el régimen de presentaciones. Quedan las partes notificadas con la firma de la presenta acta. Es todo. Terminó siendo las tres de la tarde, se leyó y conformes firman.-