Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas este Juzgado en Funciones de Juicio con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Condena al ciudadano ÁNGEL CAMACHO CAMACHO, a cumplir la pena de UN (01) AÑO, TRES (03) MESES Y VEINTE (20) DÍAS DE PRISIÓN, como autor voluntario y penalmente responsable del delito de VIOLENCIA FÍSICA AGRAVADA, previstos y sancionado en el artículo 42 encabezamiento y segundo aparte, de la Ley Orgánica sobre el Derecho de Las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, ocasionado en perjuicio de la ciudadana IRINA MADELEY MONSALVE RONDÓN. SEGUNDO: Impone al ciudadano, ÁNGEL CAMACHO CAMACHO, la pena accesoria de inhabilitación política durante el tiempo de la condena, conforme al artículo 16 del Código Penal y 66.2 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una.....