DISPOSITIVA
En consecuencia este tribunal en Nombre de la República por Autoridad de la Ley, en atención a lo dispuesto en el articulo 9 de la Convención América sobre Derechos Humanos, artículo 26, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 248 del Código Orgánico Procesal Penal decide: a) declara CON lugar la desestimación de solicitud de Calificación de Aprehensión en Flagrancia consecuencia se declara el sobreseimiento definitivo de la presente causa por que el hecho imputado no es típico de conformidad con el artículo 318.2 del Código Orgánico Procesal Penal b) Se Ordena al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas la destrucción del arma de fabricación artesanal Ofíciese con copia del folio (18).- Se acuerda la Libertad del mencionado adolescente. Las Partes quedaron notificadas de la presente decisión en la audiencia emitida dentro del lapso legal. Diarícese, déjese copia certificada. Regístrese. Así se decide.
LA JUEZA EN FUNCION.....