Este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 6 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE:
PRIMERO: Declara con lugar lo solicitado por el Ministerio Público en cuanto al supuesto Especial de la Delación fue infructuosa y no satisfaciendo las expectativas por las cuales se suspendió el ejercicio de la Acción Penal. En consecuencia, se reanuda el proceso. Se ADMITE TOTALMENTE la Acusación de la Físcalía Octava del Ministerio Público de fecha 22-09-03, en contra del ACUSADO JAIMES ALBARRAN YOVANI JOSE, venezolano, cédula de identidad N° 15.235.157, soltero, 23 años, albañil, nacido el 30-04-80, hijo de Luis Jaimes Márquez y Damari Albarran, residenciado en el sector Bordo Alto, casa S\N, El Rosal, Tovar Estado Mérida; por el delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, tipificado en el artículo 34 en concordancia con el artículo 43, ord. 1.....