Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado de Primera Instancia Penal en Funciones de Control No 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida. Extensión El Vigía, administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley. Declara: PRIMERO: EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, instruida en contra de PERSONAS POR IDENTIFICAR, cometido en perjuicio de la ciudadana RANGEL RONDON GREIBY MARCELINA , venezolana, de 20 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.697.625, Natural de Caja Seca Estado Zulia, de profesión estudiante, residenciada en el sector La Inmaculada, vía a Santa Maria, diagonal al comando de la Policía de Tucáni, edificio de color azul, habitación N° 1-3, Tucani, Estado Mérida; por cuanto el hecho objeto del proceso no puede atribuírsele a persona alguna, de conformidad con el artículo 318 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: No realizar la audiencia señalada en el artículo 323 del Códig.....