Primero: CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano José Luis Sánchez Escalante contra la ZONA EDUCATIVA Nº 14 DEL ESTADO MÉRIDA, adscrita al Ministerio del Poder Popular para la Educación, ambas partes plenamente identificadas en actas procesales.
Segundo: Se ordena a la ZONA EDUCATIVA Nº 14 en la persona de su Director(a), que cumpla de manera inmediata con la Providencia Administrativa Nº 00162-2011, de fecha 10 de agosto de 2011, proferida por la Inspectoría del Trabajo del Estado Mérida, contenida en el expediente administrativo No. 046-2011-01-00243, dictada por el Inspector del Trabajo del Estado Mérida, que ordenó el reenganche y pago de salarios caídos del ciudadano José Luis Sánchez
Tercero: No Se condena en costas a la parte accionada.