este tribunal Administrando Justicia en nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley DECRETA LA PERENCION DE INSTANCIA de la presente causa. Se acuerda la Notificación de la parte actora, que una vez que conste en autos la notificación, en el primer día de despacho siguiente comenzará a correr el lapso para interposición del recuso de apelación. Se omite la notificación del Demandado, en virtud, que el mismo no fue citado en el presente procedimiento