En orden a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en acatamiento a la norma establecida en el último aparte del artículo 291 del Código de Procedimiento Civil, dicta sentencia en los términos siguientes:
PRIMERO: Se declara la EXTINCIÓN DE LA APELACIÓN formulada en fecha 12 de noviembre de 2024, que obra al folio 32 del expediente, por el profesional del derecho LUIS ALBERTO MARTÍNEZ CHACÓN, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, contra el auto decisorio de fecha 07 de noviembre de 2024(f. 29), mediante la cual, el Juzgado a quo procedió a Revocar la Medida Cautelar Innominada , y a su vez anuló todas la actuaciones , incluyendo el nombramiento y juramentación de las expertas aquí designadas en el cuaderno de medidas, en el juicio segui.....