PARTE DISPOSITIVA
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, procediendo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: Inadmisible la solicitud de ratificación de la legalidad de los asentamientos de las partidas de nacimiento de las ciudadanas LINDA MELELY ARTEAGA ROMERO y DANIA GINETTE ARTEAGA ROMERO, previa revisión y archivo de los Libros de Registro Civil, y con relación a la Oficina Principal de Registro Público del Estado Mérida. SEGUNDO: Por la naturaleza del fallo no hay especial pronunciamiento sobre costas. TERCERO: La presente decisión es apelable libremente, vale decir, en ambos efectos, tal como lo consagra el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil. CUARTO: Por cuanto el Tribunal ha observado que existe un error en la carátula del presente expediente, ya que en cuanto al mo.....