El Tribunal vistas las exposiciones de ambas partes no emite pronunciamiento al respecto en cuanto a la Transacción celebrada dejando el mismo al Tribunal de la Causa, únicamente se ACUERDA la Suspensión de la Practica de la Medida de Embargo Ejecutivo, y en cuanto a la remisión del correspondiente cuaderno se ordenara por auto separado y ASI SE DECIDE.