JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR, SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, Tres de Julio de Dos Mil Nueve.
199º y 150º
El Despacho luego del estudio, riguroso, minucioso y detenido a la diligencia de fecha 19 de Junio de 2009 suscrita por el abogado LUIS JOSE SILVA SALDATE, Co- Apoderado Judicial de la parte actora, la cual obra al folio doce (12) del presente expediente, donde solicita se decrete MEDIDA DE SECUESTRO en la presente causa, arroja como resultado que obra a los autos original del contrato de arrendamiento, base y fundamento de la demanda lo que hacen presumir a criterio del Despacho y salvo prueba en contrario la presencia de las presunciones del Periculum in mora y del Fumus bonis iuris de conformidad con lo establecido en el Artículo 39 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, para el decreto de la cautelar solicitada, en consecuencia, este Juzgado concluye como punto previo a la definitiva y sin.....