DECISIÓN
Con base en las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente explanadas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación de sentencia interpuesto en fecha doce de septiembre de dos mil dieciséis (07-07-2016), por el abogado EDGARDO VILORIA ANTÚNEZ con el carácter de Co-Apoderado del ciudadano ANTONIO SERVANDO VELASQUEZ MEJIAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 3.530.812, en contra de la sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 03 del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, en fecha quince de Junio de dos mil dieciséis (15-06-2016) mediante la cual declaró prescrita la acción por cobro de costas procesales, por haber transcurrido más de diez añ.....