PRONUNCIAMIENTO DEL TRIBUNAL. PRIMERO: Visto el pronunciamiento de las partes en cuanto a la transacción efectuada de conformidad al Artículo 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Homologa la presente causa en los términos planteados. SEGUNDO: no se condena en costa en virtud a la transacción efectuada por las partes. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.