Resuelve: Declarar Bastantes las probanzas evacuadas, para dar por demostrada la cualidad que tienen los ciudadanos: BETHINA YASMIN ALEMAN VIUDA DE DUGARTE, JESUS DAVID DUGARTE ALEMAN, DAVID JOSE DUGARTE ALEMAN los adolescentes OMITIR NOMBRE, OMITIR NOMBRE y el niño OMITIR NOMBRE en su condición de legitima cónyuge e hijos como Únicos y Universales Herederos, del causante GERMAN DARIO DUGARTE FERNANDEZ , quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.019.743. Con vocación hereditaria y derecho sobre el acervo de bienes del fallecido, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.