DISPOSITIVA
En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas en Materia de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL y por ende la responsabilidad criminal y como consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa seguida RICARDO JOSÉ MONSALVE MONSALVE, venezolano, estado civil soltero, titular de la cedula de identidad Nº:19.049.858, nacido el 09-06-1988 de 27años de edad, domiciliado en calle Rivas Dávila, casa Nº 03, del estado Mérida, teléfono 0424-8720724,, por la comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLÓGICA, VIOLENCIA FISICA Y ACTOS LASCIVOS, previstos y sancionados en los artículos 39, 42 y 45 de la Ley orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, ocasionado .....