Este Tribunal de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta el siguiente Auto Fundado de Sentencia Por Admisión De Hechos, todo de conformidad con el artículo 173 y 330 numeral 6 en concordancia con el articulo 376 del COPP, en los siguientes términos: PRIMERO: Examinada la Acusación presentada por la Fiscalía Séptima a del Ministerio Público a luz de las exigencias establecidas en el Articulo 326 del COPP, y llenos los requisitos señalados a tales efectos por dicha disposición, se admite totalmente la misma en cuanto a lugar en derecho, en contara del Ciudadano: DAMASO ANTONIO CAMPOS ARTEAGA, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIO CULPOSO Y LESIONES CULPOSAS GRAVISIMAS, cometido en perjuicio de Nelson Reyes Guillén Rojas (fallecido), Emilio José Vilasmil Zerpa (fallecido), YemilI Adriana Villasmil Guillén, Cristian Emilio.....