declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia disuelto el vinculo matrimonial contraído por los ciudadanos PEDRO ELIAS MORENO PAREDES Y EVELIN COROMOTO VERDE RAMIREZ, identificados en autos, quienes contrajeron matrimonio en fecha treinta (30) de mayo del año mil novecientos noventa y seis (1996), contrajeron matrimonio civil, por ante la Prefectura Civil de la Parroquia Ignacio Fernández Peña, Municipio Autónomo Campo Elías del Estado Mérida, hoy Registro Civil, según se evidencia en el acta de matrimonio Acta Nº 09