Por las razones de hecho y de derecho establecidas, este Juzgado TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la demanda incoada por los ciudadanos JOAQUIN ZAMBRANO MENDEZ, MAXIMO PEÑA VAZQUEZ y YOSARIS FRAKMARA ROJAS VIELMA en contra de la empresa "VALERI y BOADA VIBCA C.A" inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Jurisdicción del Estado Mérida bajo el N° 60 Tomo A-02 Primer Trimestre de fecha cuatro (04) de febrero de mil novecientos noventa y uno (1991) identificada con el RIF- J-09038243-7 y en la persona de los ciudadanos FERNANDO JAVIER UZCATEGUI BOADA, PEDRO GERMAN RANGEL y JOSE VALMORE DUGARTE BARRIOS venezolanos, mayores de edad titulares de la cedula de identidad Nros 14.916.887, 13.967.384 y 5.072.554 respectivamente en su condición de Junta directi.....