DISPOSITIVA
Por razones expuestas, este Tribunal de Control N° 5 Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Artículo 48 Ordinal 8vo Ejusdem y Artículo 108 Ordinal 5° del Código Penal, en la causa seguida al ciudadano RIGOBERTTO ESPINOZA VALERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° 8.705.023, ( Y no personas desconocidas como lo señala el Fiscal del Ministerio Público), por el delito de ESTAFA previsto y sancionado el artículo 464 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano JORGE ELIÉCER ROMERO CUBILLOS, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 8.705.023, residenciado en el Barrio El Polvorín, La Azulita, Estado Mérida. Notifíquese a las partes de la presente decisión, en cuanto a la vi.....