Con base a los razonamientos precedentes este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA REDIMIDO el lapso de OCHO MESES (08), VEINTICINCO (25) DÍAS y DOCE (12) HORAS, de pena total que cumple el penado: JESUS ALFONSO ABREGON IBARRA, titular de la cédula de identidad N° 11.019.250.CUARTO:Efectuado como ha sido el cómputo por Redención Judicial de la Pena, se observa, que el penado JESUS ALFONSO ABREGON IBARRA, durante el tiempo de su reclusión ha REDIMIDO OCHO MESES (08), VEINTICINCO (25) DÍAS y DOCE (12) HORAS, correspondientes al período de trabajo entre el 03-04-2003 al 05-12-2003, acumulando un total de pena cumplida con redención de CUATRO (04) MESES y UN (01) DIA; sumado al segundo periodo de Trabajo correspondiente al periodo de Trabajo, desde 06-12-2003 al 20-05-2004, ha redi.....