PRIMERO: DESISTIDA LA TACHA DE TESTIGOS Y DESISTIDA LA ACCIÓN interpuesta por el ciudadano LUIS OMAR OSPINA ECHEVERRI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-23.208.169, domiciliado en la ciudad de Mérida Estado Mérida contra la ASOCIACIÓN CIVIL SIN FINES DE LUCRO EL VIGIA, por Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales. (Todos plenamente identificados en las actas procesales).
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandante de conformidad con lo establecido en el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.