En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Mixto en Funciones de Juicio N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CULPABLE al acusado TULIO ENRIQUE LEÓN, por la comisión del delito de VIOLACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 374 numeral 1 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana María Eduvina Lacruz Lacruz. En consecuencia tomando en cuenta que el acusado es responsable de un hecho punible, el cual acarrea pena de Prisión, siendo la pena a imponer por este delito de quince (15) a veinte (20) años de Prisión, siendo el término normalmente aplicable de diecisiete (17) años y seis (06) meses de Prisión de conformidad con el artículo 37 del Código Penal, tomando en cuenta las circunstancias que configuró este delito, tales son el ejecutarlo en una persona vulnerable, siendo que la víctima es una anciana de 73 .....