Por los argumentos antes expuestos este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control Nº 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: PRIMERO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa de conformidad con el artículo 318 numeral 3 y 48 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal, a FAVOR de: GILBERTO CAICEDO ORTEGA, colombiano, cedula de ciudadanía N° E-91290534, 31 años de edad, natural Bucaramanga Colombia, residenciado en en las invasiones de la Pedregosa, parcela N° 317 El Vigía Estado Mérida, por la comisión del delito LESIONES INTENCIONALES GRAVES previstos y sancionados en los artículos 417 del Código Penal en perjuicio de ENRIQUE BEJARANO ACERO, quien se desconoce mas datos. SEGUNDO: ACUERDA no realizar la audiencia señalada en el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, por no ser necesario debatir los fundamentos de la so.....