A tales efectos, a los fines de hacer efectiva la medida cautelar menos gravosa acordada en esta oportunidad, se ordena librar la correspondiente boleta de traslado remitiéndose mediante oficio al Instituto Nacional del Menor con sede en la ciudad de Mérida (INAM), específicamente en la Casa de Formación Integral de Varones Procesados, a los fines de que se realice para el día viernes cinco de noviembre del presente año (05-11-2010), a las nueve horas y treinta minutos de la mañana (09:30am), la transferencia de los adolescentes (IDENTIDAD OMITIDA) y (IDENTIDAD OMITIDA), hasta la sede de este Circuito Judicial Penal. En tal sentido, líbrese la correspondiente boleta de traslado, oficios remitiéndose la misma tanto al Director del Instituto Nacional del Menor y al Director de la Policía del estado Mérida y notifíquese de lo aquí decidido a la Fiscalía Décima Octava del Ministerio Público, al Abg. Oscar Ramón Rosales Noguera, Defensor Público Especializado Nº 02, y, a la víctima ciudada.....