L A D I S P O S I T I V A
Por fuerza de todos los razonamientos de hechos y de Derecho que han sido en forma pormenorizada y reseñados en la parte motiva del presente dictamen; ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, en consecuencia; ténganse como Únicos y Universales Herederos del causante JOSE IGNACIO ZAMBRANO DAVILA, quien en vida fue venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 3.038.430, a los ciudadanos: OSMAR LEONARDO ZAMBRANO MARQUINA, JOSE IGNACIO ZAMBRANO SANCHEZ Y YELITZE TIBISAY ZAMBRANO MARQUINA, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de las cèdula de Identidad Nros. 15.175.685, 9.479.795 y 11.959.722, en su orden, de este domicilio y hábiles, en su cond.....