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Decisiones del dia 03/12/2009

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 6497 N° Sentencia : Fecha: 03/12/2009
Procedimiento:
Cobro De Bolivares Intimacion
Partes:
PARTES DEMANDANTE ABG. ROMAN JOSE RINCON RAMIREZ; PARTE DEMANDADA RISSO GARCIA MIGUEL OSWALDO
Resumen:
Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, le imparte su Homologación al DESISTIMIENTO realizado por la parte actora, ya identificada, en fecha 01 de diciembre de 2.009, por ante este Juzgado, en los mismos términos expuestos. En consecuencia, téngase el presente juicio de Cobro de Bolivares, intentado por el abogado Roman José Rincón Ramírez como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se da por terminado el juicio , se suspende la medida de embargo decretada y se ordena el archivo del expediente. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Juez/Ponente:
Roraima Mendez Vivas
Organo:
Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina
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N° Expediente : 6017 N° Sentencia : Fecha: 03/12/2009
Procedimiento:
Cumplimiento De Contrato De Arrendamiento
Partes:
PARTE DEMANDANTE GONZÁLES BARRIOS ROSA; PARTE DEMANDADA GUEVARA PÉREZ JUAN MANUEL Y/O CALDERON MANCILLA JAIRO IVAN
Resumen:
Por las razones y consideraciones que anteceden, este Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CONSUMADA LA PERENCIÓN y en consecuencia EXTINGUIDA LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el encabezamiento del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 269, eiusdem. SEGUNDO: Que una vez quede definitivamente firme la presente decisión, se se suspenderá la medida de secuestro y se archivará el expediente. TERCERO: No hay imposición de costas, de conformidad con el Artículo 283 del Código de Procedimiento Civil. CUARTO: De conformidad con lo establecido en los artículos 233 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Artículo 174 ejusdem, se ordena la notificación de la parte actora de la presente decisión.
Juez/Ponente:
Roraima Mendez Vivas
Organo:
Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina
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