DECLARA CON LUGAR LA MEDIDA DE PROTECCION, en consecuencia, se otorga de manera TEMPORAL a la ciudadana MARÍA NERY PEREZ DE PEÑA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.493.459, domiciliada en Mérida, Estado Mérida, en su condición de abuela materna LA COLOCACION FAMILIAR del ciudadano niño OMITIR NOMBRE, de nueve (09) años de edad, en resguardo del derecho a su salud, quedando facultada de manera provisional para ejercer la custodia, vigilancia, asistencia moral y afectiva del referido niño, quedando facultado en el ejercicio de la Patria Potestad el ciudadano JESUS ROMADAN VARILLAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.197.172,