Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en los artículos 256 del Código Orgánico Procesal Penal, y 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, hace los siguientes pronunciamientos:
1.- declara CON LUGAR la apelación interpuesta por la abogada ERIKA FERNÁNDEZ ALVARADO, en su condición de Fiscal Auxiliar Décimo Sexto del Ministerio Público, contra la decisión emitida en fecha 07-07-2008, dictada por el Tribunal de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, que acordó a favor de los imputados JESUS REINALDO MARQUEZ GUILLEN, JAKSON ALEXIS GUZMAN DIAZ, JOSE DAVID GONZALEZ OLLARVE, OROSMAN DURAN RAMIREZ y EDUARDO HUMBERTO FLORES SULBARAN, medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad.
2.- Revoca la decisión apelada.
3.- Impone la medid.....